SANTIAGO DE COMPOSTELA, 5 Ene.
El juzgado de primera instancia y también instrucción número 4 de Betanzos (A Coruña) dictó sentencia el pasado diciembre por la que condena a Abanca a la devolución de un anticipo de pago para la adquisición de vivienda en construcción, tal como al pago de los costos procesales y también intereses que corresponden.
El fallo, según traslada el despacho de abogados de Xoán Antón Pérez Lema, cree "completamente" la demanda que presentó un cliente representado por este letrado.
La sentencia, apunta, señala que Abanca deberá abonar 50.000 euros al demandante en término de anticipo de la vivienda, a eso que va a haber que sumar los que corresponden intereses legales desde la fecha de cargo presente del ingreso, alén de los nombrados costos procesales.
"La jueza recopila la jurisprudencia sobre esto manada del Tribunal Supremo, con base en la ley de vivienda de 1968 que, más allá de que hoy en dia fue derogada, estaba vigente en el instante en que se generaron los hechos que motivaron el litigio", resalta el despacho de Pérez Lema.
En este sentido, añade que el Supremo ha interpretado "repetidamente que no tienen la posibilidad de caer sobre el cliente ni las secuelas del incumplimiento por la parte de la promotora de sus obligaciones, ni las derivadas del incumplimiento por la parte de entidades bancarias".
Las entidades de crédito depositarias de proporciones económicas que vienen de particulares para la adquisición de casas en construcción no tienen el carácter de otros extraños a la relación entre el cliente y el promotor o vendedor, recuerda la sentencia.
"En verdad, tienen la obligación de ayudar activamente a fin de que este último cumpla con sus obligaciones legales", destaca el despacho de abogados.