• sábado 1 de abril del 2023
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Audiencia de Ourense excarcela a un doble atacante sexual culpado a pena mínima en 2008 en app de la novedosa ley

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El TSXG propaga otras 2 rebajas como condena a atacantes sexuales en la provincia de Pontevedra

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 13 Feb.

La Audiencia de Ourense ha ordenado la puesta en independencia de un hombre culpado en 2008 a la pena mínima por 2 delitos de agresión sexual realizados en la localidad ourensana contra 2 mujeres a las que intimidó a punta de navaja para violarlas y después hurtar en sus domicilios.

Se trata de entre las tres novedosas revisiones de condenas difundidas este lunes por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que hacen referencia, aparte de esta situación, a otras 2 agresiones sexuales cometidas en la provincia de Ponteveda cuyas penas asimismo fueron revisadas en app de la novedosa Ley de garantías sexuales, famosa como ley del 'solo sí es sí'.

En la situacion de Ourense, la audiencia otorga al atacante una rebaja de un par de años de prisión al interpretar a favor suyo la horquilla de penas establecida en la novedosa ley, ya que fue culpado a 2 delitos de agresión sexual en el nivel inferior, que en el previo marco se encontraba fijado en 6 años de prisión y en este momento pasó a ser 4.

Así ya que, la pena impuesta a este doble atacante sexual asimismo culpado por estos sucesos como creador de 2 delitos de hurto con intimidación pasa de 22 a 18 años, con lo que habría cumplido el tiempo de internamiento el diez de febrero de 2021.

Este hombre hirió a 2 mujeres de 62 y 73 años en la localidad de Ourense en el año 2007. La primera, que ejercitaba la prostitución, fue maniatada, maniatada y conminada con una navaja que el atacante puso en su cuello a fin de que le entregara las llaves de su vivienda, a la que se dirigió para hurtar joyas y dinero. Tras esto, regresó a su vivienda, donde había dejado a la víctima desviste y atada, para violarla.

Más tarde, exactamente el mismo varón hirió a una mujer de 73 años con la que había quedado en el portal de la víctima para darle un presupuesto para un trabajo de pintura. A continuación, la persuadió para subir a su casa, donde la conminó con un cuchillo al cuello para, nuevamente, violarla y llevarse dinero y joyas del piso.

Por estos sucesos, el tribunal consideró al hombre creador de 2 delitos de agresión sexual, por los que impuso la pena inferior en nivel, 6 años en la vieja ley. La novedosa legislación establece el punto de inicio de la horquilla de penas en los 4 años, al paso que el techo prosigue en 12.

Por otro lado, el TSXG asimismo ha movido este lunes otras 2 decisioens de la Audiencia de Pontevedra que dan luz verde a comprobar favorablemente de las penas impuestas a otros 2 hombres condenados por agresión sexual.

Así, ordena liquidar en medio año hasta los 5 y seis meses la condena a un hombre que hirió sexualmente de manera continuada de una menor con la que convivía entre febrero y julio de 2020.

Por último, baja a 3 años y 3 meses la pena para un varón culpado en un inicio a 4 años de prisión por procurar atacar sexualmente a otro hombre en la estación de trenes de Vigo aprovechádose de que la víctima estaba ebria.

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica diez/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la independencia sexual, las audiencias provinciales gallegas y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia han inspeccionado y emitido cuando menos 85 resoluciones --tanto revisiones de penas ahora impuestas como elementos-- referidas a condenas.

De ellas, cuando menos 45 han supuesto una rebaja de la pena de los criminales, al paso que en el resto de oportunidades, unas 40, fué mantenida la condena por el hecho de que la Ley del solo sí es sí supondría que el juicio se saldaría con una lástima mayor que donde se puso en su instante. Si bien, no trascienden desde las audiencias todas y cada una de las necesidades, así como han aclarado fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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