Bar de A Coruña absuelto por infracción de propiedad intelectual al transmitir partidos ilegalmente.

Bar de A Coruña absuelto por infracción de propiedad intelectual al transmitir partidos ilegalmente.

El Tribunal Supremo ha absuelto a la dueña de un bar de A Coruña que, sin la autorización correspondiente, ofrecía partidos de fútbol, revocando así una condena de seis meses de prisión impuesta por un juzgado coruñés. La sentencia, ratificada previamente por la Audiencia de A Coruña, ha sido ahora anulada por el Supremo.

Según recoge el fallo al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan a noviembre de 2018, cuando se descubrió que la gerente del bar en la calle Almirante Cadarso estaba transmitiendo públicamente un partido de fútbol de Primera División en la televisión. El fallo del juzgado indica también que esto ocurrió el 11 de diciembre de ese año, sin autorización y accediendo de forma gratuita al Canal La Liga mediante un decodificador pirata.

La actividad de la dueña del bar causó perjuicios a La Liga por un valor de 431,45 euros. En consecuencia, el Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña la condenó por la comisión de delitos contra el mercado y los consumidores, así como contra la propiedad intelectual. La condena fue de tres meses de multa y seis meses de cárcel, además de una multa.

El Tribunal Supremo ratifica que los hechos se refieren a la emisión de partidos de la Liga de Fútbol Profesional en un establecimiento público sin pagar los derechos de autor, utilizando un decodificador no autorizado. Sin embargo, difiere de las sentencias anteriores al considerar que los hechos constituyen un delito leve y continuado relacionado con el mercado y los consumidores. La pena mínima impuesta es de tres meses de multa, con una cuota diaria de seis euros.

El razonamiento del Supremo se basa en una sentencia del Pleno del Tribunal Supremo de 2022 que analizó un caso similar: la retransmisión no autorizada de un partido de la Liga de Fútbol Profesional en dos establecimientos públicos utilizando un decodificador no autorizado. En dicha sentencia, se rechazó la calificación jurídico-penal del delito contra la propiedad intelectual.

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Galicia