• viernes 24 de marzo del 2023
728 x 90

Condenan al Sergas a abonar 30.000 euros a un tolerante por demorar un año en operarlo de una hernia discal

img

El TSXG acepta que tratamientos y pruebas fueron correctas, pero hubo una "demora manifiesta" en la realización de la cirugía

VIGO, 7 Feb.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado relativamente un recurso anunciado por un tolerante que fue operado en el hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo de una hernia discal, dado a que la intervención se efectuó un año tras ser incluido en la lista de espera, más allá de que tenía que ver con una operación de prioridad 2 y el tiempo de demora aconsejable no debía sobrepasar los 90 días.

Según la sentencia, el hombre empezó a tener dolores lumbares en el mes de mayo de 2017 y asistió múltiples ocasiones a su hospital de A Guarda (Pontevedra). Al ver que los tratamientos no surtían efecto, y el mal le impedía aun caminar, fue derivado al hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.

En julio de 2017 fue valorado por la Unidad de Columna del servicio de Traumatología y, tras una resonancia efectuada en el mes de agosto, se descubrió una hernia discal, para la que se le pautó rehabilitación. El régimen rehabilitador no fue eficiente y, en el mes de junio de 2018, el tolerante fue propuesto para ser intervenido quirúrgicamente.

El Sergas lo incluyó en la lista de espera en el mes de diciembre de ese año, en tanto que nuestro perjudicado solicitó que se retrasara al tener pendiente otra operación, y asimismo rechazó ser operado en un centro concertado. Seis meses después, en el mes de junio de 2019, proseguía pendiente de ser intervenido de la hernia discal, y refirió un empeoramiento en su estado de salud.

Finalmente, fue intervenido en el último mes del año de 2019 y, un año después, se le reconoció una incapacidad persistente total para su profesión frecuente de soldador-fabricante de cisternas.

El tolerante presentó una reclamación frente al Sergas, que fue desechada, y después recurrió a los tribunales. En primera instancia, sus metas (demandaba una indemnización de sobra de 121.000 euros) fueron rechazadas, y recurrió al TSXG, que ha estimado relativamente sus razonamientos.

El prominente tribunal gallego comprende que no hubo sepa de permiso informado y que tampoco se causó mala práctica, puesto que el régimen aplicado fue "conveniente y ajsutado a las reglas de la 'lex artis ad hoc'". "Ninguno de los diagnósticos logrados mediante las pruebas que se le practicaron logró aparente la referida urgencia. No se escatimaron medios de pruebas diagnósticas", recopila el TSXG en su sentencia.

Con todo, sí admite que hubo una "demora manifiesta" en la realización de la cirugía, que fue un año tras ingresar en lista de espera, y ese retardo "fue susceptible de generar un agravamiento en la dolencia diagnosticada".

Al respecto, apunta que "sobrevive la duda sobre lo que pudiese haber acaecido (...) de haberse actuado con otra diligencia y premura", con lo que debe aplicarse la doctrina de la 'pérdida de ocasión'.

Ello supone, para los jueces, que el Sergas (y su compañía empresa aseguradora, solidariamente) está obligado a resarcir a este tolerante y, más allá de que considera "exorbitante" la cantidad reclamada por el recurrente, establece una indemnización de 30.000 euros.

Más información

Condenan al Sergas a abonar 30.000 euros a un tolerante por demorar un año en operarlo de una hernia discal