Crónica Galicia.

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Confirmada la paralización de las reformas legales de la Xunta en materia eólica y de dependencia.

Confirmada la paralización de las reformas legales de la Xunta en materia eólica y de dependencia.

El Tribunal Constitucional (TC) ha iniciado el proceso de revisión de ciertos aspectos de la nueva normativa que acompaña a los presupuestos de la Xunta de Galicia para 2025, la cual introduce significativos cambios en el sector eólico y en el ámbito de la dependencia. Esta decisión ha sido publicada recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Según los documentos oficiales, el Gobierno central ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que implica que se suspenderán los efectos de los artículos cuestionados a partir de la fecha en que se presentó el recurso, el 30 de septiembre de 2025. Esto afecta tanto a las partes implicadas en el procedimiento como a terceros, desde la publicación del edicto en el BOE. La semana pasada, el pleno del TC ya acordó que el recurso es admisible.

El Gobierno, bajo la dirección de Pedro Sánchez, ha decidido recurrir la normativa por considerar que ciertos artículos de la ley gallega podrían infringir las competencias exclusivas del Estado, especialmente en lo que respecta a la planificación económica y las autorizaciones de instalaciones eléctricas.

Los puntos en cuestión incluyen la regulación de la energía eólica en Galicia, especificada en el artículo 30 de la ley, que impone la repotenciación de parques eólicos. Este aspecto ha suscitado críticas y preocupaciones por parte del Gobierno, que considera que podría estar en desacato a la legislación estatal vigente.

Además, el Ejecutivo ha expresado su inquietud respecto al artículo 45, que vincula la calidad de dependencia y discapacidad. La Xunta sostiene que esta medida busca optimizar la entrega de ayudas económicas a los beneficiarios, mientras que el Gobierno central argumenta que se invade la competencia estatal en la regulación de condiciones que garantizan la igualdad entre todos los ciudadanos.

Al presentar su recurso, el Gobierno señaló que las disposiciones del artículo 30 son incompatibles con las normativas existentes del sector eléctrico, especialmente aquellas relacionadas con la energía eólica. Específicamente, critican que la normativa autonómica configure la repotenciación de parques eólicos sin considerar la legislación básica estatal, lo que podría generar inseguridades jurídicas.

El Gobierno alega que el término "repotenciación" podría interpretarse erróneamente, ya que no necesariamente se traduce en un aumento de potencia, sino en la sustitución de aerogeneradores de manera que podría conducir a una reducción del potencial energético autorizado. Esta situación contraviene los principios del sistema eléctrico y podría tener repercusiones en las inversiones ya realizadas.

Además, el Gobierno está preocupado por otros aspectos de la normativa que buscan aplicar directamente directivas europeas sobre evaluaciones de impacto ambiental sin haber diseñado previamente un marco normativo que respete las competencias estatales sobre esta materia.

La Xunta, por su parte, ha manifestado que, más allá de los aspectos legales, esta modificación podría repercutir en la recaudación fiscal a nivel estatal debido a las deducciones que se ofrecerían a aquellos que obtengan reconocimiento de discapacidad, lo que podría afectar significativamente las finanzas públicas.