La Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado una sentencia que otorga la guarda y custodia de un niño de 14 años a su padre, tras considerar el recurso de apelación presentado por el progenitor. Este fallo establece también que la madre deberá tener un régimen de visitas igual al que previamente tenía el padre.
Los magistrados fundamentan su decisión en la doctrina del Tribunal Supremo y en la Ley Orgánica 1/1996, que subraya la primacía del interés superior del menor en todas las decisiones que le afecten, tanto en el ámbito público como privado.
La resolución destaca que la reciente mudanza del menor para vivir con su madre y su actual pareja, junto a sus dos hermanos, ha causado una alteración notable en su estabilidad emocional y académica. Durante esta nueva etapa de su adolescencia, el niño ha expresado un deseo continuado de reanudar la convivencia habitual con su padre.
Los jueces también mencionan que el menor ha manifestado en el proceso judicial un descontento psicológico, alegando que no se siente a gusto en la compañía de su madre, a quien considera incapaz de atender adecuadamente sus problemas. En contraste, se siente más seguro y atendido por su padre.
La percepción del menor sobre sus padres, según los magistrados, se ha considerado un factor importante en la deliberación, contribuyendo a la decisión del tribunal. Así, concluyen que el recurso debe ser acogido en función de las necesidades del menor, que ha solicitado el cambio de custodia después de varios conflictos con su madre. Además, la misma madre ha elogiado las capacidades parentales del padre, afirmando que no podría tener un mejor progenitor.
En este contexto, la Sala reafirma que el menor necesita recuperar la convivencia con su padre, con quien tiene un vínculo afectivo profundo, para alcanzar una mejor estabilidad en su vida diaria y superar las dificultades que ha enfrentado durante su estancia con su madre.
La sentencia también menciona que la convivencia anterior estaba caracterizada por frecuentes discusiones. Con la modificación de la custodia se espera que se mejoren las relaciones con ambos padres, favoreciendo el bienestar del menor. Cabe resaltar que esta decisión no es definitiva, ya que se puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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