El juez manifiesta que la minoría de edad del anotado "no puede ser fundamento para desposeerlo de los derechos que le asisten"
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 27 Jun.
El magistrado solicitado del Registro Civil de Ourense ha accedido al cambio de la indicación de sexo de un menor de nueve años que figura en su acta de nacimiento como "mujer" por la de "varón", al comprender que la que existe no se corresponde con la auténtica identidad de género del anotado.
Así lo informó en un aviso el Consejo General del Poder Judicial, que apunta que el juez enseña en un coche que, así como señaló el Tribunal Supremo en su sentencia 685/19, la minoría de edad del anotado "no puede ser fundamento para desposeerlo de los derechos que le asisten".
Además, resalta que, tras oír al entusiasmado, quien está legitimado al estar asistido y representado por sus progenitores, "se le considera con madurez bastante, más allá de su corta edad" y resalta que "no hay fundamento alguno a fin de que prosiga sufriendo la distorsión que hay y viene sufriendo entre la indicación de sexo 'mujer' en el taburete registral, con el nombre de varón y lo que piensa y de qué manera piensa".
"Esa discordancia se mantuvo durante la presencia del menor, desde el momento en que tuvo conciencia, con lo que carecería de sentido que se le condenara a proseguir contando en su acta registral como mujer, lo que pudiese ocasionar ocasiones que tengan la posibilidad de ser indeseables", remarca el juez en el coche, en el que repite que el menor ahora "tiene nombre de varón y piensa, actúa y se siente chaval-varón, y en tal cualidad viene actuando, desde hace unos años, como se colige de todos y cada uno de los elementos probatorios que se desprenden de las actuaciones".
Por ello, el magistrado Darío Carpio Estévez Pérez, solicitado del Registro Civil de Ourense, influye en el coche, emitido con fecha del diez de junio, en que "la identidad de género, eficaz y realmente sentida por el solicitante es, sin rincón a duda, la de varón".
En la resolución asimismo apunta que no existe "apunte alguno que lleve a poder deducir que tal estado de cosas no se vengan generando desde hace unos años atrás, esto es, la presencia únicamente de datos que señalan que tal situación no es flor de un día, sino refiere, sin dudas, a la persistencia en el tiempo en el que viene sosteniendo la discordancia entre la indicación de sexo de 'mujer' registral, con el sexo de 'varón', con el que realmente viene actuando, se siente y se hace sentir el anotado".
El juez destaca que, en un caso así, concurren "todos y cada uno de los requisitos que la legislación y doctrina mucho más reciente vienen a fijar", que son "vida de discordancia entre sexo morfológico o género fisiológico en un inicio anotado con la identidad de género sentida por el solicitante", tal como "la seguridad y persistencia de la citada discordancia y la sepa de cualquiera trastornos de personalidad que, como distorsión, tengan la posibilidad de influir en la percepción de exactamente la misma por el anotado".
En el coche, recogido por Europa Press, manifiesta el juez que está acreditada por el menor la "bastante madurez" y una "situación permanente de transexualidad". Al respecto de la "bastante madurez", aclara que se debe de tomar, como la "adquisición por el niño de los letras y números propios de los integrantes mayores de su cultura", y por consiguiente, esgrime, "hablamos de un término distinto a la madurez definida como una etapa de la evolución del desarrollo del niño donde va amoldando las formas de proceder infantiles en adultas".
"Y de esta manera sobre esto, del Informe de Psicoloxía que obra en coches, en el que se charla del acompañamiento en su ambiente familiar, y también, de su conjunto de compañeros en la escuela, sin connotación que logre comprenderse negativa o que no vaya en la línea ahora expuesta", abunda.
Por todo ello, el juez mantiene que "se debe de entrar al cambio de
la indicación de sexo" que figura en el acta de nacimiento como "mujer", que, matiza, "se debe de cambiar y substituir por la de varón, al comprender que la que existe no se corresponde con la auténtica identidad de género del menor anotado".
Sobre esta resolución, la presidenta de Alas A Coruña, Ana García Fernández, ha insistido en que "por el hecho de que sean menores no quiere decir que no tengan clara su identidad".
"Es un cambio en la mención registral, no pasa nada si en diez años o en un par de meses se tira atrás. La vida fluye, las identidades fluyen y no pasa nada. Hay ese estigma por el hecho de que lo que riñas en el momento en que eres un individuo trans es pues se te reconozca como lo que sientes. La vida no es una caja donde te metes y ahora de aquí no cambias", ha comentado.
"Un niño o una pequeña de ocho años tiene la posibilidad de tener las cosas tan visibles o mucho más visibles que yo con 34", aseguró. "Pienso que en el final lo que deben llevar a cabo las leyes y las familias y los ámbitos de los menores es acompañarlos y reforzarlos", ha concluido.
En esta línea, el representante de Sex Point del Comité Antisida Casco, Rubén Alexandre, ha abundado que con la edad de este menor "ahora tienes propia conciencia y ahora comienzas a sentir". "Logró un paso muy grande, aplaudimos", ha sentenciado.