El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha emitido un fallo en el que suspende siete parques eólicos adicionales, elevando a 59 el total de proyectos detenidos. Sin embargo, en una decisión controversial, ha rechazado la suspensión de dos proyectos, lo que significa que solo cinco de los 64 parques analizados hasta la fecha podrán seguir adelante sin medidas cautelares por riesgos ambientales.
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del tribunal gallego ha fundamentado su decisión en el potencial daño irreversible a los valores ambientales sensibles que podrían ocasionar los proyectos, particularmente en lo que respecta a especies vulnerables y hábitats de interés comunitario.
El TSXG se ha pronunciado sobre diferentes parques eólicos, destacando la severa afectación visual y paisajística que podrían sufrir algunos de ellos, como el caso de San Cristovo. Además, ha señalado la inclusión de varios espacios en áreas de exclusión eólica, lo que pone en riesgo elementos clasificados como Red Natura y áreas de gran valor natural y paisajístico.
En el caso de los parques de Serra da Piñeira y Serra de Liñares, se menciona la posible presencia ocasional de especies como el oso pardo, mientras que en Neboada se destaca la cercanía a espacios sensibles ya catalogados ambientalmente. Por otro lado, en Suime se reconoce la existencia de elementos ambientales altamente sensibles que podrían verse afectados por la construcción del parque.
Por otro lado, la solicitud de suspensión de los parques eólicos Picato y Solpor ha sido rechazada, argumentando la falta de especificidad en cuanto a los valores medioambientales que podrían resultar afectados. En el caso de Solpor, se señala la ausencia de pruebas que justifiquen la adopción de medidas cautelares, como la presencia clara de daño irreversible o de difícil reparación.
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