"El TSXG garantiza el derecho de los trabajadores varones a recibir permisos para asistir a clases de preparación al parto"
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ratificado el derecho de los trabajadores varones a disfrutar de permisos retribuidos para asistir a técnicas de preparación al parto, una decisión sin precedentes. Esta sentencia, emitida por el Juzgado de lo Social número 4 de Vigo, ha sido avalada por el alto tribunal gallego, en respuesta a la demanda de un representante legal del personal de una empresa.
Es importante destacar que, aunque se ha reconocido este derecho a los hombres, el tribunal no ha extendido el permiso para exámenes prenatales a los trabajadores varones y otras personas progenitoras que no sean gestantes. El TSXG ha desestimado el recurso presentado por el representante legal contra la sentencia del juzgado, que solicitaba también el reconocimiento de este permiso.
La resolución del tribunal se basa en el hecho de que ambos permisos tienen un origen exclusivamente femenino, pero señala que "la evolución normativa, jurisprudencial y doctrinal" lleva a la conclusión de que el permiso para técnicas de preparación al parto debe ser extendido a los hombres para evitar la discriminación de género.
Los magistrados del alto tribunal gallego respaldan la diferencia entre estos dos permisos, argumentando que el permiso para exámenes prenatales es un derecho exclusivo de las mujeres embarazadas, mientras que el permiso para asistir a técnicas de preparación al parto no tiene carácter sexuado y se enmarca dentro del derecho a la conciliación.
Además, la sentencia señala que la propia redacción de las normas no excluye a los padres y otras personas no gestantes de asistir a técnicas de preparación al parto, ya que esto puede ser beneficioso para el proceso de maternidad/gestación. Sin embargo, cabe destacar que esta resolución no es definitiva y se puede interponer recurso ante el Tribunal Supremo.
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