SANTIAGO DE COMPOSTELA, 22 Dic.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de una víctima de trata de personas con fines de explotación sexual a cobrar una renta de inserción.
Así, del mismo modo que la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado de lo Social número 2 de Vigo, los jueces han recibido la equiparación de la demandante a la de víctima de crueldad de género gracias a la "interpretación evolutiva de los derechos humanos".
Además han enfatizado que la falta de capital y elementos de la víctima la dejará en una situación de "puerta de inseguridad parangonable" a la de las víctimas de crueldad de género que carecen de esta sustentación económica a manos de una pareja o expareja sentimental.
En esta línea, el prominente tribunal gallego ha añadido en la resolución que "la sepa" de reglas legales o normativas o de criterios administrativos para acreditar la situación de crueldad de género a los efectos del ingreso a la renta activa de inserción es "una pura cuestión burocrática" en el momento en que la demandante fué identificada como víctima de trata con fines de explotación sexual por la Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Reportajes.
Los jueces gallegos han señalado que hay "una conciencia tendente" a la ampliación del término nacional de crueldad de género para equipararla a los estándares de todo el mundo donde sí están reconocidas las mujeres víctimas de trata en la interpretación de crueldad de género.