La Audiencia Provincial de Pontevedra, sección quinta, ha tomado una decisión en la que absuelve a ocho acusados de haber amañado el contrato de recogida de basura de Nigrán en 2004 a cambio de mordidas en una vista judicial en Vigo.
La resolución de los magistrados partió de la premisa de que la omisión de un procedimiento no se traduce en prevaricación y que las irregularidades detectadas en el proceso de adjudicación del contrato no constituyen prevaricación ni se llevó a cabo con el propósito falaz que había defendido la Fiscalía.
Además, la sentencia desestima el pliego de bases del concurso y la falta de contrato o factura aportados por el alcalde Alfredo R.M. en aquel momento, pues argumenta que estas fallas fueron solo irregularidades que no tuvieron influencia en la adjudicación del contrato.
La intervención o la secretaría no registraron ninguna incidencia en relación al proceso de adjudicación del contrato, ni se produjeron objeciones en relación con el pliego o el proceso de adjudicación, ni el nombramiento de una empresa externa para examinar las ofertas, según afirma la sentencia.
En relación con el caso de que algunos de los procesados tenían ciertas cantidades de dinero en sus cuentas cuyas fuentes de procedencia son desconocidas, la Audiencia estableció que no se pudo demostrar que provenían de la empresa adjudicataria Cespa.
La sentencia ha absuelto a ocho acusados, incluidos dos exalcaldes y un exconcejal, el exalcalde Alfredo R.M, el exalcalde Avelino F.A, el exedil Antonio F.C., su esposa, un consultor técnico externo, el delegado territorial de Cespa y dos exfuncionarios. La fiscalía, por su parte, ha pedido penas menores de encarcelamiento, multas e inhabilitaciones de entre cinco y diez años.