• viernes 24 de marzo del 2023
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La Audiencia de A Coruña repudia liquidar la pena a 2 condenados por delito sexual por no favorecerles la novedosa ley

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A CORUÑA, 16 Mar.

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha rechazado comprobar 2 penas impuestas a 2 condenados -- a once y a siete años de prisión, respectivamente-- por delitos sexuales al comprender que la novedosa ley del 'solo sí es sí' no es mucho más ventajosa. En los dos casos eran pareja de las víctimas, un hecho que, así como enseña el tribunal, la presente regulación considera agravante.

Según comunica el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en entre los métodos, solicitó la revisión un culpado a once años de prisión por cometer un delito continuado de abuso sexual sobre su pareja, individuo que aún no ha alcanzado la edad adulta, concurriendo la coyuntura agravante de discriminación con motivo de género.

El tribunal resalta en el coche que es "visible que la regulación de hoy no es mucho más ventajosa para el reo". Así, señala que la pena a imponer por ese delito, según la redacción vigente en el momento en que sucedieron los hechos, oscilaría entre los 8 y los 12 años de prisión.

No obstante, resalta que, tratándose de un delito continuado, con la coyuntura agravante de discriminación con motivo de género, la pena mínima sería de once años. Con arreglo a la novedosa ley, según los jueces, siendo la víctima pareja del creador de los hechos y tratándose de un delito continuado agravado por la discriminación con motivo de género, "la pena mínima a imponer sería de 11 años y 3 meses a 12 años".

En el otro coche, la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña señala que el culpado, entre otros muchos delitos a los que no interfiere la novedosa previsión legal, a siete años de prisión por un delito contra la independencia sexual, en la modalidad de agresión sexual, no resultaría beneficiado pues establece un marco penológico, en un caso así, "que iría desde los siete años a los quince años de prisión, mucho más amenazante que el previo, que discurría entre seis y 12 años de prisión". Contra los dos coches cabe enseñar elementos de apelación.

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