Crónica Galicia.

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La Audiencia ratifica el sobreseimiento del caso del conductor del autobús involucrado en el accidente de 2022 en Cerdedo-Cotobade.

La Audiencia ratifica el sobreseimiento del caso del conductor del autobús involucrado en el accidente de 2022 en Cerdedo-Cotobade.

En Vigo, el 26 de septiembre, la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rechazado los recursos presentados por las familias y víctimas del trágico accidente de autobús que tuvo lugar en Nochebuena de 2022 en Cerdedo-Cotobade, donde fallecieron siete personas. La decisión del juzgado de instrucción 1 de Pontevedra de archivar la causa contra el conductor del autocar ha sido ratificada.

Según el auto emitido el 20 de septiembre, la Audiencia argumenta que no se pueden encontrar indicios de imprudencia grave o menos grave en la conducción del chofer, siguiendo la jurisprudencia. Por lo tanto, descarta la posibilidad de calificar los hechos como homicidios por imprudencia grave o menos grave.

En este sentido, se destaca que la conducción no puede considerarse como una total falta de previsión o desprecio a la normativa, y que cualquier velocidad por encima de la media sería catalogada como imprudencia grave. Se argumenta que se trata de una omisión de precaución y diligencia necesaria en circunstancias normales, es decir, la atención habitual durante la conducción.

Por otro lado, el tribunal provincial coincide con el juzgado en que no se puede determinar la velocidad exacta a la que circulaba el autobús en el momento del accidente, cuando se salió de la carretera y cayó al río Lérez.

Aunque se sabe que el vehículo iba a 90 km/h unos 800 metros antes del siniestro, también se establece que la velocidad media desde la última parada fue de 66 km/h, lo que indica que el conductor modificó su velocidad. Se critica el informe pericial de la Guardia Civil que atribuía el accidente a un exceso de velocidad por ser "especulativo".

Ante estas consideraciones, la Audiencia ha tomado la determinación de rechazar los seis recursos presentados y confirmar el archivo de las actuaciones realizado por el juzgado de instrucción de Pontevedra el 10 de junio. Contra esta resolución de la Audiencia no procede recurso ordinario.