En un reciente fallo, la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha decidido parcialmente a favor de un grupo de lesionados en un trágico accidente que tuvo lugar en agosto de 2018. Este incidente ocurrió durante el famoso festival O Marisquiño, cuando un muelle se derrumbó, dejando a más de 400 personas heridas. El tribunal ha reintegrado el caso al juzgado de instrucción 3 de Vigo para examinar las posibles responsabilidades penales entre los técnicos del Ayuntamiento y del Puerto de Vigo implicados.
Previamente, en enero de 2023, el juzgado de instrucción había decidido archivar el caso, argumentando que no se podían atribuir delitos penales a los hechos ocurridos y sugiriendo que las víctimas debían buscar compensación a través de la vía civil. Entre las razones expuestas se encontraba la falta de normativas claras sobre el mantenimiento de las estructuras en el periodo en que fueron construidas.
Sin embargo, en su auto emitido el 7 de abril de 2025, la Audiencia critica esta interpretación, sugiriendo que el razonamiento del juzgado podría desincentivar cualquier tipo de sanción penal para actividades no reguladas. Para ejemplificar su punto, el tribunal plantea una situación absurda en la que no se podría responsabilizar a nadie por el colapso de estructuras antiguas, como un puente romano, debido a la falta de normas de mantenimiento adecuadas en su época.
A la vez, la Audiencia subraya que esta postura podría entrañar una vulneración del derecho de los ciudadanos a la vida y la integridad. También se menciona que el arquitecto responsable del proyecto 'Abrir Vigo al mar', Vázquez Consuegra, había proporcionado un conjunto de normas de mantenimiento que no fueron cumplidas, lo que contribuyó a la falta de supervisión necesaria sobre la infraestructura.
Además, los magistrados hacen referencia a sentencia anteriores del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que impusieron al Ayuntamiento la responsabilidad de conservar dicho patrimonio, un aspecto que también debe considerarse en el presente proceso judicial.
La resolución de la Audiencia acoge en parte los recursos presentados por varios de los lesionados, pero desestima los interpuestos por el Puerto y el Real Club Náutico. El tribunal revoca el sobreseimiento y devuelve el caso al juzgado de instrucción para que se justifique la posible falta de cuidado por parte de las entidades públicas involucradas en el accidente.
Sin embargo, la Audiencia aclara que la responsabilidad penal solo puede ser atribuida a individuos, por lo que es necesario que la resolución especifique si se puede imputar a alguno de los investigados según sus funciones y su implicación en los hechos. Asimismo, debe determinarse la responsabilidad civil, ya sea directa o subsidiaria, que pueda recaer sobre alguna entidad pública a raíz de la implicación de sus empleados.
Originalmente, la lista de investigados incluía a tres técnicos del Puerto, entre ellos a la directora Beatriz Colunga, así como a dos técnicos del Ayuntamiento. En el transcurso de la investigación, la Fiscalía había solicitado la citación del entonces concejal de Seguridad y otro funcionario municipal, pero estas citaciones no se llevaron a cabo antes de que finalizara el plazo de instrucción.
El abogado Francisco Méndez Senlle, en representación de tres de los lesionados, ha manifestado que la decisión de la Audiencia abre la posibilidad de que se lleve a cabo un juicio penal en relación al accidente que dejó más de 400 heridos, lo que podría marcar un precedente significativo en la búsqueda de justicia para las víctimas.
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