Crónica Galicia.

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La Xunta deberá indemnizar con casi 45.000 euros a un profesor interino despedido por no aprobar la estabilización.

La Xunta deberá indemnizar con casi 45.000 euros a un profesor interino despedido por no aprobar la estabilización.

Un reciente fallo judicial ha generado un considerable revuelo al dar la razón a un docente que demandó a la Xunta de Galicia por su cese como interino. La sentencia, emitida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra, otorga al afectado una indemnización de 44.713 euros, estableciendo así un precedente significativo en la región.

El magistrado que llevó el caso destacó que el docente había ejercido su labor educativa durante tres décadas, siempre bajo la figura de personal interino. El cese del contrato se produjo el 31 de agosto de 2023, tras no haber logrado la plaza en un proceso de estabilización organizado por la Administración autonómica.

En su resolución, el tribunal menciona que se ha demostrado que el docente trabajó de forma continua para la Consellería de Educación, acumulando nombramientos temporales que finalmente culminaron en su despido. A pesar de que la legislación fomentó la reducción de la temporalidad, parece que la medida no fue suficiente para asegurarle su permanencia en el puesto.

El fallo se fundamenta en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, del 28 de diciembre, que aborda medidas urgentes para disminuir la temporalidad en el empleo público. De acuerdo con esta norma, se reconoce el derecho del docente a recibir una compensación equivalente a 20 días de retribución fija por cada año de servicio, limitándose a un máximo de 12 mensualidades.

El juez subrayó que, aunque el despido del docente se ejecutó conforme a la legalidad, el hecho de que fuera nuevamente nombrado interinamente por la Xunta para el curso escolar 2024-2025 complica su situación en términos de indemnización. Sin embargo, reafirmó que el derecho a la compensación fue claramente establecido por la legislación mencionada.

Además, el magistrado hizo énfasis en que la ley es de obligatoria aplicación tanto para las administraciones como para los tribunales, lo que señala una obligación de cumplimiento que podría tener repercusiones más amplias para casos similares en el futuro.

A pesar de las implicaciones de este fallo, es importante resaltar que la decisión no es definitiva, ya que existe la posibilidad de interponer un recurso de apelación en los próximos días.