Libre de cargos la expresentadora de Vitrasa, condenada a 15 años por el incendio de un autobús en Vigo.
VIGO, 19 de diciembre.
En un giro inesperado, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado la razón a Patricia F.N., quien ejercía como conductora en la concesionaria de autobuses de Vigo, al anular la condena de 15 años de prisión impuesta anteriormente por su implicación en un incendio intencionado de un autobús en la ciudad. Este siniestro ocurrió en la víspera del Primero de Mayo de 2023, en medio de tensiones laborales significativas en la empresa de transporte.
La Audiencia Provincial de Pontevedra había dictado una sentencia en la que se consideraba a Patricia coautora de un delito de incendio, después de que un bus que ella manejaba fuera consumido por el fuego en una parada céntrica de Vigo, cerca de la emblemática Farola de Príncipe, el 30 de abril de 2023. La pena inicial de 15 años se justificó, supuestamente, por la gravedad de los hechos.
Además, se dictó sentencia también contra su pareja, Marcelo F.S., quien fue condenado a una pena de 22 años por haber sido considerado el autor material de los fuegos que afectaron a otro autobús, minutos antes del incidente principal, en un área diferente de la ciudad conocida como Tomás Alonso. Así, mientras ella enfrentaba un total de 15 años, él se enfrentaba a una condena significativamente mayor por la misma serie de eventos.
Sin embargo, ambos implicados decidieron apelar la decisión ante el TSXG, que ha determinado ahora que no existen pruebas suficientes que demuestren la culpabilidad de Patricia en los delitos cometidos, sugiriendo que, en el peor de los casos, solo podría ser acusada de encubrimiento.
En su análisis, el tribunal gallego señala una falta de evidencias que vinculen realmente a la acusada con el incendio en Tomás Alonso, así como la ausencia de pruebas que indiquen que tomó parte activa en el acto de provocar el fuego en el autobús que conducía. El tribunal estableció que no se encontró evidencia de cooperación o inducción por su parte, ni se demostró que hubiera facilitado los artefactos incendiarios utilizados.
A pesar de que los magistrados reconocen que existen sospechas, no hallaron pruebas contundentes que confirmen que Patricia y Marcelo habían orquestado conjuntamente estos actos delictivos. De hecho, elementos como una llamada perdida entre ambos, la relación sentimental o el hecho de que ella manejara el autobús no son suficientes para establecer su culpabilidad.
El TSXG concluyó que las pruebas presentadas ante el tribunal provincial solo permiten suponer que la acusada tenía conocimiento de los actos que se iban a llevar a cabo, lo cual, si se considera grave, únicamente podría subsumirse en un eventual encubrimiento, delito que tampoco sería aplicable en este caso ya que ambos son pareja.
Con respecto a Marcelo, quien ya había sido condenado por dos delitos de incendio relacionados con los autobuses, el TSXG ha modificado parcialmente su condena, concluyendo que los hechos constituyen un único delito continuado de incendio en lugar de dos delitos separados.
En su sentencia, los magistrados observan que la anterior resolución no se percató de que los delitos eran producto de un plan preconcebido ejecutado en un breve periodo y que afectaron a múltiples víctimas, por lo que ajustaron la pena a 9 años y medio de prisión, considerando la agravante del uso de disfraz durante la comisión de los delitos.
Marcelo también deberá indemnizar a la concesionaria de autobuses Vitrasa, por un total de 64.415,81 euros, y a la aseguradora Allianz con 309.555 euros, como compensación por los daños causados. Cabe destacar que esta sentencia aún no es firme y se contempla la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, algo que la defensa ha confirmado ya que está en proceso.
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