En una nueva interpretación de la normativa, las comunidades de vecinos tendrán tres meses adicionales para realizar la inspección obligatoria de sus ascensores. Esta medida surge tras el aviso de que deben someter sus elevadores a una Inspección Periódica Obligatoria (IPO).
Según la Federación Empresarial Española de Ascensores (Feeda), el Gobierno ha indicado que la normativa entrará en vigor el 1 de julio. Sin embargo, se debe notificar a los propietarios con tres meses de antelación antes de paralizar sus ascensores.
Por lo tanto, la fecha límite para realizar la inspección será el 1 de octubre, evitando la paralización de los elevadores si no se ha cumplido con la IPO para esa fecha.
La Feeda ha sido clave en la promoción de este cambio normativo y ha elaborado una guía interpretativa para asegurar que se aplique de manera consistente en todo el sector. Esta guía se ha puesto a disposición del Ministerio de Industria y Turismo para su revisión y posible modificación.
A pesar de que el Ejecutivo central no ha concedido una moratoria formal, ha interpretado que es necesario notificar a los propietarios con antelación antes de paralizar un ascensor. En caso de no realizar la IPO después de tres meses, el elevador tendrá que quedar fuera de servicio.
Esta nueva interpretación de la normativa brinda un alivio para las comunidades de vecinos, que contaban con tener unos 5.000 ascensores sin funcionar en Galicia a partir del 1 de julio debido a la entrada en vigor de esta ley.
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