Crónica Galicia.

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Sergas condenado a pagar 300.000 euros por secuelas tras operación en Ourense.

Sergas condenado a pagar 300.000 euros por secuelas tras operación en Ourense.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha tomado una decisión contundente al condenar al Servizo Galego de Saúde a indemnizar con 300.000 euros a una paciente que sufrió una paraplejia con déficit sensitivo en las extremidades inferiores después de una operación de hernia de disco en el Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO).

Esta sentencia, emitida por la sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Alto Tribunal gallego, corrige un fallo previo que había descartado un daño desproporcionado en el caso, donde la paciente inicialmente reclamaba más de un millón de euros en indemnización.

El TSXG determinó que existía un daño neurológico distante a la intervención quirúrgica, lo cual, según los peritos, no estaba relacionado con la operación realizada.

La paciente ahora se encuentra en silla de ruedas y con una dependencia notable para llevar a cabo sus actividades diarias, todo como consecuencia de la intervención en el hospital ourensano, donde resultó con una paraplejia.

Los magistrados señalaron que las explicaciones ofrecidas durante el juicio no estaban respaldadas por datos objetivos y que en ningún momento se demostró la causa isquémica apuntada por la administración como posible razón de la lesión neurológica.

De esta manera, la responsabilidad recayó en los profesionales del Sergas, quienes, según el Alto Tribunal, no pudieron explicar las causas de las consecuencias sufridas por la paciente.

Por lo tanto, la sentencia aplica la doctrina de daño desproporcionado y obliga al Sergas a asumir la responsabilidad en casos donde una intervención tiene consecuencias ajenas a los riesgos contemplados originalmente.

Los magistrados concluyen que si la administración no puede explicar las causas de un resultado anómalo, debe asumir la responsabilidad correspondiente, mientras que si demuestra que actuó conforme a la lex artis y no debe responder por la situación.