Sergas obligado a indemnizar con 60.000 euros a mujer afectada por negligencia en diagnóstico de cáncer.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha anulado un fallo anterior de un juzgado de Vigo que había desestimado un recurso presentado por una mujer afectada por un diagnóstico tardío de cáncer, que le causó parálisis facial. En consecuencia, el sistema de salud gallego, conocido como Sergas, deberá indemnizar a la afectada con 60.000 euros.
Esta decisión se produce tras la apelación interpuesta contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo, emitida en julio de 2024, donde se denegó la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la mujer. En su apelación, argumentó que el fallo original no valoró correctamente las pruebas presentadas.
El tribunal constató que la afectada experimentó cuatro episodios de parálisis facial, lo que debería haber desencadenado una investigación por parte de las autoridades sanitarias. Según su argumentación, si se hubiesen llevado a cabo los exámenes médicos en 2018, después de su segunda parálisis, el cáncer de parótida que se le diagnosticó en 2020 habría podido ser tratado en una etapa más temprana y menos agresiva.
La paciente apuntó que las secuelas que padece hoy en día serían menores si se hubiera procedido con las pruebas necesarias en el momento adecuado, y destacó que las posibilidades de desarrollar metástasis se habrían reducido significativamente. Por su parte, Sergas y su representación legal rechazaron la demanda, señalando que el informe pericial presentado era de un especialista en Medicina Interna y no un oncólogo, además de defender que el carcinoma no podría haberse detectado antes.
La parte defendió que la decisión de no repetir las pruebas diagnósticas posteriores a la segunda parálisis se basó en resultados anteriores que no indicaban la existencia de un tumor en la glándula parótida. Tanto Sergas como la aseguradora cocodemandada argumentaron que el tipo de tumor no se vio afectado por la atención brindada a la paciente.
El TSXG destacó que el asunto principal gira en torno a dos cuestiones. La primera es determinar si hubo un retraso en el diagnóstico del cáncer de parótida que perjudicó las posibilidades de recuperación de la afectada. La segunda se refiere a si las secuelas físicas resultantes de la cirugía habrían sido las mismas si la operación se hubiese realizado justo después de la primera o segunda parálisis, en 2017 o 2018.
A pesar de que el fallo inicial favoreció la versión de los demandados, el TSXG subrayó que la mujer había padecido varios episodios de parálisis facial. Este hecho, junto con el resultado negativo de las pruebas médicas, debería haber impulsado a la Administración a investigar a fondo la causa de los síntomas recurrentes, utilizando todos los recursos disponibles.
La sala del TSXG concluyó que la demora en el diagnóstico, que no puede atribuirse a la paciente, tuvo un efecto perjudicial en su salud. La mujer sufre actualmente de un tipo de cáncer agresivo con un pronóstico complicado, y el tribunal reconoce que hay un daño indemnizable derivado de la tardanza en la detección del tumor. Este fallo resalta la importancia de una atención médica oportuna y adecuada ante síntomas significativos.
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.