
El reciente caso que ha captado la atención en la esfera militar involucra un controvertido incidente que tuvo lugar en O Grove, Pontevedra. El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la condena impuesta por el Tribunal Militar Territorial Cuarto a un sargento del ejército, quien fue sentenciado a un año y nueve meses de prisión tras disparar con un arma de fogueo a un soldado que, aparentemente, se encontraba dormido durante las maniobras militares.
La sentencia del TS, emitida el 16 de junio, respalda el fallo anterior del tribunal militar, que tuvo lugar el 4 de febrero. En su resolución, se determinó que el sargento había cometido un delito de "extralimitación en el ejercicio del mando", en particular, en la forma de "uso ilícito de armas", además de un delito de lesiones. Por estas razones, fue condenado a un año y seis meses por el primer delito y a tres meses por el segundo.
La decisión judicial también incluyó la suspensión de sus responsabilidades militares y de cualquier cargo público durante el tiempo de cumplimiento de la condena, además de una compensación económica de 4.862 euros por las lesiones infligidas al soldado afectado.
Los hechos se remontan a un período entre el 5 y el 9 de julio de 2021, durante el cual el regimiento de infantería ‘Isabel la Católica’ número 29 se encontraba realizando maniobras en el Destacamento de Puertocuaces. En el transcurso de estas actividades, específicamente el día 8, el regimiento implementó un ejercicio para establecer tanto una línea de defensa como una de vigilancia y infiltración. El sargento condenado estaba a cargo de uno de los pelotones, que se había organizado en binomios con tareas de vigilancia y descanso.
Según la sentencia, alrededor de las 2:15 a.m., tras intentar en vano contactarse por radio con uno de los binomios, el sargento se acercó físicamente a la pareja de soldados y constató que ambos se hallaban dormidos. Como reacción, realizó un disparo al aire con munición de fogueo, despertando así a uno de los soldados, quien se dio la vuelta y fue encañonado por el sargento a tan solo 50 centímetros de su rostro.
La sentencia destaca que el sargento, mientras apuntaba hacia el ojo del soldado, efectuó un segundo disparo, el cual terminó impactando directamente en el ojo izquierdo del afectado. Los gritos del sargento, denigrando a sus subordinados como "putos inútiles", fueron también mencionados en el fallo.
Tras la eventualidad, el sargento llevó al soldado a una garita, donde se percató de la gravedad de las heridas. Posteriormente, lo acompañó al Servicio Sanitario presente en el ejercicio, que determinó la necesidad de una evacuación inmediata al hospital Quirón Salud en Pontevedra. Posteriormente, el sargento fue apartado de sus funciones y se le aplicó una sanción de cinco días por una falta leve, relacionada con el incumplimiento de las normas de seguridad y protección tanto de la salud como del medio ambiente en el contexto de las Fuerzas Armadas.
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