En un reciente fallo judicial que ha generado gran controversia en la sociedad gallega, la Audiencia Provincial de Ourense ha dictado una condena de 10 años de prisión para el novio de Nerea Añel, una joven cuyo cadáver fue hallado en el lecho de un río en Barbadás, ocho meses después de su desaparición. El tribunal ha determinado que el acusado es responsable de un delito de homicidio por omisión.
Este veredicto llega tras la anulación de una sentencia previa, donde el acusado había sido completamente exonerado. Dicho apoyo legal fue revocado en junio por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el cual alegó que la primera resolución no coincidía con el veredicto del jurado, el cual había seguido la argumentación presentada por la acusación.
Como resultado de esta revisión, se ordenó regresar al estado anterior a la primera decisión judicial, con el fin de formular una nueva sentencia que se alineara con la declaración de culpabilidad emitida por el jurado popular. Este grupo había indicado que el deceso de la víctima se produjo como consecuencia de la falta de auxilio proporcionado por su pareja en un momento crítico.
El presidente del Tribunal del Jurado especificó que, de acuerdo con las pruebas presentadas, el acusado estuvo presente durante el incidente en el que la joven sufrió un trauma craneoencefálico. Sin embargo, no le brindó la ayuda necesaria que podría haber salvado su vida. Esta negligencia fue considerada por el tribunal como un factor determinante en la causalidad del fallecimiento.
Además, el jurado respaldó la opinión de los médicos forenses, quienes afirmaron que las heridas sufridas por Nerea Añel eran el resultado de una caída accidental. A pesar de que se ha emitido esta sentencia, cabe señalar que aún no es firme, ya que se permite que el acusado presente un recurso de apelación ante el TSXG, lo que podría alterar el curso final de este caso tan mediático.
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