Sergas deberá compensar a paciente tras aplicar por primera vez el concepto de "violencia obstétrica", según el TSXG.

Una reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha determinado que el Servizo Galego de Saúde (Sergas) debe compensar a una mujer con la suma de 60.000 euros debido a lo que se ha calificado como "violencia obstétrica" durante su segundo parto en 2019. La sentencia destaca la inadecuada atención que recibió por parte del personal médico durante este proceso, el cual dejó secuelas emocionales significativas.
Emitida el 31 de marzo, esta sentencia marca un hito en Galicia al ser la primera en emplear el término "violencia obstétrica" en un caso de estas características, según registros del Centro de Documentación Judicial. La decisión fue tomada por la sección tercera del Contencioso-Administrativo del TSXG.
El parto en cuestión no solo tuvo complicaciones, sino que también ocasionó daños importantes en el esfínter, recto y aparato reproductivo de la paciente. Utilizando una técnica instrumental, se aplicó una ventosa para asistir en la salida del bebé, al mismo tiempo que se realizó una episiotomía, un procedimiento que extiende la abertura vaginal y demanda un conocimiento especializado para llevarse a cabo correctamente.
Sin embargo, la episiotomía llevada a cabo fue de tipo sagital/central, un método que conlleva mayores riesgos de desgarros severos. La sentencia indica que el daño sufrido por la paciente fue de grado III o IV, considerando que este nivel de daño es inaceptable en un parto. La reconstrucción hecha después también fue considerada "lamentable", lo que llevó a la afectada a someterse a otra cirugía reconstructiva, evidenciando así una posible mala praxis médica.
Los informes periciales sugirieron que la inducción al parto no fue justificada, ya que cuando la paciente ingresó al hospital no estaba en trabajo de parto real. A pesar de esta observación, los magistrados consideraron que el uso de oxitocina buscó estabilizar las contracciones.
A un día del parto, la paciente había enviado un plan en el que expresaba sus preferencias, subrayando su deseo de ser informada en todo momento, sin manifestar oposición a las intervenciones. Sin embargo, en su testimonio posterior, alegó que no consintió la utilización de técnicas instrumentales ni había sido informada de la episiotomía que se le practicó.
A pesar de que la paciente no pudo comparecer en la audiencia debido a problemas psicológicos, su esposo, quien fue invitado a abandonar la sala por la ginecóloga, afirmó que tampoco fue informado de las prácticas realizadas. Tanto el matrón como la obstetra involucrados en el proceso no recordaban los detalles específicos de lo ocurrido.
El TSXG, aunque no pudo confirmar que la paciente no hubiera sido informada, reconoció que las circunstancias del parto podían haberle causado un daño psicoemocional significativo debido a su naturaleza caótica. Concluyó que la atención brindada no fue la adecuada y se corroboró la existencia de "violencia obstétrica".
Aunque los acontecimientos que sucedieron en la sala de partos siguen siendo un misterio, el tribunal insinuó que la interacción del personal médico fue "desagradable", destacando que hasta cinco estudiantes estaban presentes durante el procedimiento.
El Jefe del Servicio del Sergas, en un informe del año pasado, ofreció disculpas por la falta de entendimiento entre el equipo obstétrico y el número elevado de personas en la sala, un problema que resulta complicado de manejar en un entorno académico. Este documento fue clave para respaldar las afirmaciones de la paciente y fundamentar la sentencia.
Por su parte, la Consellería de Sanidade expresó su pesar por los daños sufridos tanto físicos como psicológicos por la paciente durante el procedimiento. Además, la Xunta enfatizó que los trabajadores del Sergas se esfuerzan constantemente por mejorar la calidad de los servicios que ofrecen a la ciudadanía.
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.