
El Tribunal Supremo ha tomado la decisión de anular la condena impuesta al presidente de la Real Federación Española de Fútbol, Rafael Louzán, y a los otros tres condenados por el caso de la reforma del campo de Moraña.
Esta condena de 7 años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa fue revocada luego de una vista celebrada ayer miércoles para estudiar el recurso de casación de Louzán, a pesar de la oposición de la Fiscalía.
Además, la Sala de lo Penal del TS también ha absuelto al exdirector de Infraestructuras de la Diputación, al administrador y a un representante de la empresa constructora, quienes también fueron condenados a 7 años de inhabilitación como cómplices del delito atribuido a Louzán.
De esta manera, el Supremo ha invalidado la sentencia de la Audiencia de Pontevedra que condenó a los cuatro acusados por el delito mencionado, pero los exoneró del delito de fraude a la administración por el que habían sido condenados previamente.
Los magistrados han argumentado que en este caso los hechos no constituyen un delito de prevaricación administrativa, ya que no hubo una resolución arbitraria con la intención de producir un resultado injusto, sino que se trató de un contrato para pagar obras ya completadas.
El Supremo ha explicado que para que exista este delito, la resolución debe ser arbitraria y emitida con la intención de causar un resultado materialmente injusto, algo que no sucedió en este caso en particular.
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.