En la ciudad de Santiago de Compostela, la Audiencia Provincial de A Coruña ha tomado una decisión contundente al condenar a un fisioterapeuta a una pena de dos años de prisión. Este individuo fue hallado culpable de abusar sexualmente de una paciente en su clínica, donde aprovechó la situación para realizar tocamientos no consentidos y sin ningún tipo de justificación terapéutica.
La sentencia emitida por la sección sexta de la Audiencia Provincial ha dado validez al testimonio de la víctima, quien, como consecuencia de este violento episodio ocurrido en octubre de 2020, ha sufrido serias repercusiones psicológicas. Como parte de la resolución, el tribunal ha dictaminado que la víctima recibiría una indemnización de 10.000 euros por el daño sufrido.
El fallo del tribunal, que permite la posibilidad de un recurso de apelación, estipula que el fisioterapeuta abusó de la paciente que acudió a su consulta por dolores en la espalda. El informe judicial establece claramente que, sin el consentimiento de la mujer y sin ninguna finalidad relacionada con su tratamiento, el acusado llevó a cabo actos invasivos que incluyen tocar zonas íntimas de la paciente.
Los hechos son particularmente inquietantes, ya que el fisioterapeuta solamente retiró su mano cuando la mujer le confrontó, pidiéndole que cesara su comportamiento inapropiado. En un intento de minimizar su conducta, el agresor llegó a disculparse, alegando que se había “puesto un poco tontorrón” y haciendo comentarios sobre la apariencia física de la víctima.
La denuncia no solo ha dejado una profunda herida emocional en la víctima, quien en la actualidad enfrenta dificultades para dormir, sufre de pesadillas y experimenta inseguridad y desconfianza hacia los demás. Aunque el tiempo ha moderado la intensidad de sus síntomas, el daño causado por estos abusos todavía se hace presente en su vida diaria.
Adicionalmente a la pena de cárcel, la sentencia contempla una libertad vigilada de tres años y una orden de alejamiento del agresor hacia la víctima por cinco años. Los magistrados han enfatizado que la declaración de la denunciante fue crucial para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, afirmando que su testimonio carece de motivaciones espurias y ha mantenido una consistencia notable en todas sus declaraciones.
Los jueces también subrayan la importancia de las corroboraciones periféricas en tales casos, especialmente cuando no existen pruebas físicas que sustenten la denuncia. Además, se ha destacado el relevante papel de los informes y las intervenciones de las psicólogas que han tratado a la víctima, quienes han evaluado el impacto psicológico de la agresión y lo han integrado en el proceso judicial.
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