Crónica Galicia.

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Sergas obligado a pagar 60.000 euros a pareja por muerte de su bebé antes del parto.

Sergas obligado a pagar 60.000 euros a pareja por muerte de su bebé antes del parto.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha determinado que hubo fallos en la atención médica brindada en el Hospital de Ourense, en un caso que se remonta a noviembre de 2020. Esto ocurre tras el recurso de apelación presentado por una pareja, quien demandaba una reparación económica tras la trágica pérdida de su bebé durante el embarazo.

En su reciente fallo, el TSXG ha decidido parcialmente a favor de los demandantes, obligando al Servizo Galego de Saúde (Sergas) y a su compañía aseguradora a indemnizar a los padres con 60.000 euros. Esta resolución pone de manifiesto la responsabilidad patrimonial de la administración en el cuidado médico dispensado, resaltando la importancia de una atención adecuada en situaciones críticas.

Esta decisión anula una resolución previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense, que había desestimado la reclamación inicial. Los jueces señalaron que no se demostró que la administración hubiera llevado a cabo un seguimiento adecuado de la paciente entre la 1:00 y las 9:00 de la mañana, momento en el que la madre fue trasladada al paritorio y se confirmó el fallecimiento del feto. Se indica que no se conocía el estado de la madre en ese periodo, lo que sugiere una falta de atención y vigilancia médica.

Los magistrados destacan que, dada la historia clínica de la mujer y su potencial riesgo de preeclampsia, era esencial realizar un seguimiento más riguroso. Los peritajes sugieren que una cesárea oportuna podría haber evitado el desenlace fatídico. La ausencia de evidencia que soporte la atención brindada llevó al tribunal a concluir que existió desatención médica en este caso.

A pesar de que la pareja había solicitado una indemnización que superaba los 190.000 euros, el TSXG dictó que la cantidad justa sería de 60.000 euros, dirigiendo la responsabilidad del pago tanto al Sergas como a la aseguradora. Además, esta cantidad incluirá los intereses legales desde el momento en que se realizó la reclamación.

Finalmente, cabe mencionar que la sentencia permite presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo que significa que el Sergas podría desafiar la decisión. Mientras tanto, este fallo refuerza el principio de responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria frente a casos de atención inadecuada.