SANTIAGO DE COMPOSTELA, 24 Oct. — La reciente decisión del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra establece que la Xunta de Galicia tiene la facultad de ordenar la demolición de dos viviendas construidas de manera ilegal en una zona de servidumbre de protección de costas, a pesar de que han pasado más de 15 años desde su edificación.
Esta resolución respalda la orden de demolición emitida en noviembre de 2022 por la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU), referida a dos casas prefabricadas erigidas sin la debida licencia en Cangas, que datan de inicios de la década de 1990.
El juez a cargo del caso determinó que la APLU actuó conforme a derecho y no infringió el principio de 'non bis in idem', dado que en 1993 el municipio de Cangas había impuesto sanciones económicas al propietario original por las violaciones urbanísticas que se habían cometido.
Además, el juzgado señala que el plazo para que la Administración exija la demolición de construcciones ilegales en estas zonas de protección no ha caducado, incluso si anteriormente se había dictado una orden de demolición que ya no es válida. La normativa vigente permite a la Administración actuar en cualquier momento frente a tales irregularidades.
El magistrado también subraya que no se ha violado el derecho de propiedad de quienes demandaron, ya que la orden de demolición no implica la expropiación de las tierras en cuestión. Las propiedades seguirán siendo propiedad de los particulares, aunque se les exige ceñirse a los usos permitidos por la ley actual.
El fallo indica que lo que se reclama es que los propietarios eliminen las estructuras construidas de manera clandestina e ilegal, y que se restauren los terrenos a su estado original, tal como dicta la legislación de la zona.
El juez también destaca que la antigüedad de las viviendas no las exime de la normativa, especialmente por el lugar en el que están ubicadas, que es de especial protección para el dominio público marítimo-terrestre, valores que el legislador busca resguardar.
El magistrado reafirma que la orden de demolición es compatible con el informe Auken del Parlamento Europeo de 2009, el cual critica duramente las construcciones ilegales en zonas costeras y la falta de acción efectiva por parte de las autoridades españolas para hacer cumplir la ley. Este informe destaca la necesidad de que las instituciones actúen con mayor celeridad.
El juez aclara que la normativa de la Unión Europea mencionada no protege las actuaciones ilegales y enfatiza que la obligación de restituir los terrenos a su situación original prevalece sobre los derechos de propiedad y los intereses económicos de quienes han infringido la ley.
Es importante señalar que esta decisión no es definitiva, ya que se puede presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Tags:
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.