Crónica Galicia.

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Tribunal obliga al Sergas a indemnizar con más de 1,2 millones por no identificar una lesión que ocasionó la paraplejia de un niño.

Tribunal obliga al Sergas a indemnizar con más de 1,2 millones por no identificar una lesión que ocasionó la paraplejia de un niño.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha tomado una determinación contundente al condenar al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con más de 1,2 millones de euros a la familia de un niño de un año y medio que quedó parapléjico debido a un diagnóstico erróneo. Esta resolución, emitida el pasado 30 de junio, también incluye el pago de intereses y solicita una revisión del manejo médico otorgado al menor.

La corte gallega ha desestimado los recursos presentados tanto por el Sergas como por la aseguradora XL Insurance, ratificando así la decisión previa del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santiago de Compostela, que fue dictada en noviembre de 2024. La familia afectada está siendo representada por el abogado Alfonso Iglesias, quien ha defendido su causa en este proceso judicial que pone de relieve serias deficiencias en el sistema de salud.

Los hechos descritos en la sentencia detallan que el infante sufrió una caída significativa en un parque en las cercanías de Vigo, lo que dio lugar a fracturas en tres de sus vértebras y un hematoma epidural. Sin embargo, lo alarmante es que estas graves lesiones fueron pasadas por alto durante dos ingresos hospitalarios en el Hospital Álvaro Cunqueiro, generando consecuencias irreversibles en la salud del menor.

En el primer ingreso tras el accidente, los médicos no pudieron identificar una microfractura en las vértebras del niño, lo que llevó a un una peligrosa complicación que resultó en la lesión medular. Según el tribunal, si se hubiera actuado de acuerdo con los estándares médicos conocidos, el tratamiento descomprensivo habría sido administrado de manera oportuna, evitando así la profunda discapacidad que ahora padece el menor.

Posteriormente, el niño fue trasladado al Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo, donde fue tratado hasta principios de marzo de 2020. La investigación judicial concluyó que, de haber continuado la hospitalización y realizado una resonancia magnética, las fracturas y el hematoma habrían sido detectados, permitiendo así una intervención quirúrgica urgente que podría haber evitado la grave secuela.

Contrario a lo que se argumentó en los recursos del Sergas y la aseguradora, los magistrados señalaron que existía la obligación de realizar pruebas diagnósticas adecuadas ante la evolución de los síntomas del niño. La decisión del tribunal sostiene que se trató sin duda de un claro incumplimiento del deber de cuidado médico, lo que se tradujo en una vulneración de la lex artis, es decir, de los principios que rigen la práctica médica responsable.