La reciente resolución judicial en el caso del asesinato de Cristina Cabo Buján ha dejado clara la severidad del crimen, al imponer una condena de 26 años de prisión a José Uriel V.S. La sentencia, emitida por la Audiencia Provincial de Lugo, destaca la existencia de circunstancias agravantes como la alevosía y el ensañamiento, mientras que se desestimó la alegación de legítima defensa debido a la ausencia de lesiones en el acusado.
El veredicto del jurado, que se emitió a finales de mayo, confirmó el asesinato de esta mujer de 42 años, conocida por regentar una tienda de productos ecológicos en el barrio de A Milagrosa de Lugo. El acusado, de origen colombiano y recién llegado a España, confesó haber cometido el crimen, aunque su defensa intentó minimizar la gravedad de los cargos pidiendo que se le considerara culpable de homicidio en lugar de asesinato, así como de hurto en lugar de robo.
Cristina Cabo fue asesinada la madrugada del 27 de noviembre de 2022, tras haber sido contactada previamente por su agresor en un local de ocio. Después de una velada que incluyó relaciones sexuales consentidas, una discusión azotó la atmósfera y acabó de manera trágica, cuando José Uriel propinó 47 cuchilladas a la víctima.
La inminente culpabilidad del acusado se hizo evidente cuando su hermana lo delató, habiéndolo visto varios días después del crimen con manchas de sangre y con los bienes robados de Cristina. La sangre fría y el cálculo detrás de su acto se reflejan en la severidad de las heridas infligidas, que revelaron la clara intención de matar.
Durante el juicio, se hizo hincapié en las circunstancias excepcionales del caso. La magistrada subrayó que, a pesar de los intentos de defensa del acusado por atribuir su conducta a un presunto trastorno mental, este había demostrado capacidad plena de entendimiento. La agresión fue calificada como enormemente desproporcionada, dado que la víctima estaba bajo los efectos del alcohol y el cannabis, lo que dificultó su defensa.
La sentencia también revela que el jurado concluyó que el número y localización de las heridas evidencian la intención letal de José Uriel, que actuó con premeditación. Así, se determinó que no hubo agresión previa de la víctima que pudiera justificar una legítima defensa, dado que el acusado no presentaba ningún tipo de lesión que lo validase en su argumento.
Como consecuencia de su crimen, la pena impuesta consiste en 22 años de prisión por el asesinato y 4 años adicionales por el robo. Además, se ha determinado que, una vez cumplida parte de la condena, el procesado será deportado, sin posibilidad de regresar durante diez años. La resolución también incluye una indemnización de más de 180.000 euros para los familiares de la víctima, aunque la sentencia aún no es firme y podrá ser objeto de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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