Imponen 37 años de prisión a un hombre por abusar de tres menores, entre ellas las nietas de su pareja.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha respaldado la sentencia de 37 años y medio de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Lugo contra un individuo de 65 años, condenado por múltiples delitos de agresión sexual en perjuicio de tres menores, dos de las cuales son nietas de su pareja y la otra familiar de las mismas, todas ellas en un rango de edad de 6 a 16 años.
Las atrocidades se llevaron a cabo entre 2005 y 2021, durante las ocasiones en que las menores se hospedaron en la vivienda de su abuela, donde también residía el condenado. Este ciclo de abusos se interrumpió cuando la mayor de las niñas, al alcanzar los 16 años, reveló la situación a su madre, quien a su vez presentó la correspondiente denuncia ante las autoridades.
La sentencia comprobó que el condenado, identificado como abuelo por las menores, inició el abuso sexual mediante tocamientos mientras ellas dormían. Con el tiempo, sus acciones escalaron a tal punto que, en varios episodios, las sometió a la ingesta de pastillas para evitar que se resistieran, lo que culminó en violaciones periódicas.
Según el fallo judicial, el hombre llegó a compartir la cama con las niñas bajo la excusa de ver películas. Se destaca que a las víctimas se les ofrecieron recompensas a cambio de permitir estos abusos y se las coaccionó para que guardaran silencio al respecto.
Durante el juicio, el acusado intentó justificar su inocencia alegando que las menores habían denunciado los hechos como represalia por su negativa a comprarle un teléfono móvil a una de ellas. También argumentó que no podía llevar a cabo relaciones sexuales debido a una enfermedad que lo impedía.
El condenado presentó un recurso invocando una supuesta "vulneración de su derecho de defensa" en relación a una prueba urológica presentada durante el juicio para corroborar su enfermedad. Sin embargo, el tribunal rechazó su apelación, concluyendo que no se había atacado su derecho de defensa y que la prueba fue debidamente ejecutada y sus resultados comunicados.
Los magistrados subrayaron la consistencia de los testimonios de las víctimas, quienes afirmaron que el individuo, que ocupaba la figura de abuelo y se suponía que era el pilar de la familia, abusó de su posición para llevar a cabo los crímenes denunciados.
Además, el tribunal tomó en cuenta las declaraciones de las madres de las tres menores y hizo hincapié en que el acusado no pudo justificar la instalación de cámaras en el baño y el dormitorio de las víctimas, un detalle que ya había sido destacado en el fallo anterior.
La sala que juzgó el caso también valoró la credibilidad de las denuncias, observando que las versiones de las víctimas fueron coherentes y, aunque diferentes en algunos aspectos, estaban respaldadas por las pruebas presentadas, y su variabilidad solo fortaleció su veracidad.
Finalmente, el tribunal impuso al condenado 25 años de libertad vigilada, además de la inhabilitación especial y la prohibición de ejercer la patria potestad, curatela, guarda o acogimiento. Asimismo, deberá indemnizar a dos de las víctimas con 15.000 euros cada una y a la tercera con 5.000 euros.
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