Policía de Vigo herido en el procés tiene derecho a cobrar vacaciones no disfrutadas debido a incapacidad
Un agente resultó herido durante los disturbios del procés en Barcelona, lo cual le llevó a obtener una compensación económica por las vacaciones no disfrutadas debido a su incapacidad temporal y posterior jubilación por incapacidad permanente. Este reconocimiento ha sido hecho por la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Según la sentencia, el agente sufrió un traumatismo craneoencefálico en los disturbios que ocurrieron en Barcelona después de la sentencia del procés, lo que le incapacitó y finalmente llevó a su jubilación. Debido a esto, no pudo disfrutar de las vacaciones que le correspondían.
El alto tribunal ha estimado el recurso interpuesto por el agente contra la resolución de la Dirección General de la Policía, que le negó el derecho a recibir la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas. El TSXG ha asegurado que esta compensación está respaldada por la jurisprudencia comunitaria.
Los magistrados también han dejado claro que esta compensación no es una contraprestación por los servicios prestados, sino que basta con que el funcionario esté incapacitado para disfrutar de sus vacaciones debido a una incapacidad temporal antes de su jubilación. Además, han mencionado que la mención a la caducidad de las vacaciones no tiene cabida en este caso, ya que el demandante se ha jubilado sin poder disfrutarlas.
Finalmente, el TSXG ha impuesto un máximo de 1.500 euros en concepto de costas a la Administración demandada porque, según el tribunal, existían claros criterios favorables a la compensación económica que se reclama por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo.
Este fallo no es definitivo, ya que se puede interponer un recurso de casación.
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